Antecedentes previos de una persecución y criminalización sistemática a la Unión Nacional de Educadores
En medio de las movilizaciones del movimiento indígena, trabajadores y otros sectores sociales en el mes de septiembre del 2025, en rechazo a la eliminación del subsidio al diésel y otras medidas económicas adoptadas por el gobierno de Noboa, la Fiscalía General del Estado establece un proceso penal frente a Andrés Quishpe, presidente nacional de UNE, que sigue en curso.
Bajo el caso 535-2025-TCE, el Tribunal Contencioso Electoral impone una multa de USD 18.000 a UNE, por su participación en la Consulta Popular del Yasuní.
Acciones realizadas antes de la cancelación de cuentas:
La UNE al igual que varios sectores ciudadanos y sociales, derrotó al Gobierno en las dos consultas
populares: 21 de abril de 2024 y noviembre del 2025. Es necesario señalar que el gremio se inscribió en el Consejo Nacional Electoral para participar en estos dos procesos. El 13 de marzo 2026, la UNE junto al FUT desarrolla en 23 provincias del país movilizaciones masivas en demanda de presupuesto para educación y salud.
El 23 de abril de 2026 la UNE denuncia las humillaciones a las que fueron expuestos los docentes al ser
obligados a asistir a un evento político convocado por el Presidente de la República.
El 24 de abril del 2026 la UNE presenta de forma pública: las evidencias de la desatención a más de 6.000 planteles educativos de la región costa en su infraestructura.
Además, se expuso de manera pública el estudio situacional: “Impacto de la violencia delincuencial, crimen organizado y conflicto armado en la vida de niñas, niños, adolescentes y jóvenes: indicadores históricos y situación actual en Ecuador 2014-2025” del Observatorio de la Niñez, Adolescencia y Juventud, donde se menciona que, en el país, cada 15 horas es asesinado un niño o niña. Asimismo, se denunció públicamente el despido de más de 150 profesores.
El 29 de mayo del 2026 la Corte Constitucional del Ecuador admite a trámite la demanda de
inconstitucionalidad presentada por la UNE a las reformas al Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomías y Descentralización que afecta a los programas sociales y educativos de los municipios.
A esto se suma que autoridades de instituciones educativas han enfrentado sumarios administrativos bajo “argumentos” de realizar proselitismo político en sus planteles. De igual forma el gobierno ha buscado cooptar a dirigentes de UNE, lo cual no esta demás señalar, que ha fracasado en su intento.
El 4 de mayo del 2026 una entidad financiera notifica a la UNE con el cierre de su cuenta corriente por un supuesto protesto de cheque.
El 7 de mayo la UNE realiza el pago de la multa del supuesto protesto.
El 8 de mayo del 2026 la Superintendencia de Bancos certifica que luego del pago de la multa la cuenta
corriente de la UNE está habilitada.
Hasta la presente fecha no se ha procedido a habilitar la cuenta corriente porque la disposición del 4 de
mayo no era inhabilitarla sino cerrarla, lo que deja con la imposibilidad de que la organización de docentes y sus dirigentes puedan abrir otra cuenta en esa entidad financiera. Esto se puede sustentar bajo Notificación: 0000099, emitida por la institución financiera, que señala:
“Es nuestro deber informarle que hemos recibido de la Superintendencia de Bancos y Seguros la instrucción de CANCELAR/CERRAR su(s) cuenta(s) corriente(s) de manera inmediata, por declaración de inhabilidad para girar cheques y abrir cuentas corrientes, de acuerdo a lo dispuesto por el Reglamento General de la Ley de Cheques. Por lo indicado, a partir de la presente fecha le solicitamos que se sirva abstenerse de girar cualquier tipo de cheques sobre las siguientes cuentas corrientes en la que conste como titular o firma autorizada”
En rueda de prensa del miércoles 13 de mayo, junto a una Misión Sindical Internacional, la UNE denuncia
además que se estaría preparando un “falso positivo” con el objetivo de justificar el cierre de la cuenta
bancaria institucional y construir una narrativa que busque desacreditar a la organización sindical ante la
opinión pública.
Con los documentos recibidos de parte de la entidad financiera se concluye lo siguiente:
- Violación a la ley de cheques en el cap. III. Reglamento general de la ley de cheques artículo 2. Numeral
- Definición de cuenta cerrada en el que la motivación para cancelar la cuenta se describe por dos
aspectos: el primero por solicitud del titular y el segundo por la entidad financiera, en este caso se cancela por instrucción de la SB como órgano mandatorio que controla a los bancos como se hace en la notificación N° 00000099 se entendería que esta sanción es amparada bajo el art. 61 del reglamento de la ley de cheques que dicta lo siguiente: “Las instituciones financieras están obligadas a comunicar a la Superintendencia de Bancos y Seguros, sobre los protestos de cheques y cierre de la o las cuentas corrientes con la frecuencia y formato que ésta establezca.”, pero así mismo viola el artículo 62 considerando que la UNE presenta dos protestos de los cheques e inmediatamente se hace el cierre/cancelación de la cuenta sin la posibilidad de ser rehabilitada la cuenta para que esto no vuelva a ocurrir.
En la página web de la superintendencia de bancos (https://www.superbancos.gob.ec/bancos/cuentas-corrientes/) se describe en resumen la tabla de inhabilidad en cuentas corrientes:

El caso de la UNE puede ser descrito en el caso A en el que se le debió notificar el protesto de dos cheques y una inhabilidad de un (1) mes considerando que poseía una cuenta corriente, mas no la cancelación/cierre absoluto de la cuenta yendo en contra de la sección X del reglamento de la ley de cheques relacionada con el cierre de las cuentas corrientes, descritos en el artículo 62 que dice lo siguiente: “El girador de una cuenta corriente no inhabilitado anteriormente y que incurra, en caso de tener una sola cuenta corriente en el sistema financiero autorizado, en el protesto de al menos cuatro (4) cheques, y en caso de tener más de una cuenta corriente, de al menos ocho (8) cheques, en el período de un (1) año contado a partir de la fecha del primer protesto, además del pago de la multa del diez por ciento (10%) sobre el valor de cada cheque protestado, quedará inhabilitado por el período de un (1) mes para el manejo de las cuentas corrientes en las cuales actúe como titular, firma conjunta o firma autorizada en el sistema financiero, así como también quedará inhabilitado para abrir nuevas cuentas corrientes o girar cheques en dicho sistema por ese período, a partir de la fecha del último protesto que originó la sanción.”
Bajo los antecedentes señalados esfácil colegir que la UNE es objeto de un ataque sistemático, permanente por parte del Gobierno y Estado ecuatoriano. El cierre de sus cuentas bancarias, por disposición de la Superintendencia de Bancos. No se trata de una acción administrativa por posibles incumplimientos legales; es una acción política, que forma parte de la persecución que se desarrolla a las organizaciones sociales.
Comité Ejecutivo Nacional

