La Unión Nacional de Educadores (UNE), acompañada por cientos de docentes, se movilizó este lunes 20 de julio hacia la Corte Constitucional para participar de la audiencia pública y solicitar que se declare la inconstitucionalidad del Acuerdo Ministerial Nro. MINEDEC-MINEDEC-2026-00045-A, que obliga a docentes y estudiantes a trabajar o realizar actividades complementarias los sábados.
Durante la audiencia, el presidente nacional de la UNE, Andrés Quishpe, y el abogado Vladimir Andocilla sostuvieron que esta disposición vulnera la seguridad jurídica, el principio de legalidad, la progresividad de los derechos y la jornada laboral docente establecida en la Constitución y en la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), que determina una jornada de cuarenta horas semanales distribuidas de lunes a viernes.
Andrés Quishpe señaló que el propio Ministerio de Educación reconoció, mediante un estudio realizado en 2025, que los docentes ya enfrentan una sobrecarga laboral de entre seis y siete horas semanales. En consecuencia, imponer nuevas obligaciones los sábados profundizaría la precarización laboral y reduciría el tiempo destinado al descanso, la formación profesional, el cuidado de la salud y la convivencia familiar, sin resolver los problemas estructurales del sistema educativo.
La UNE también advirtió que la medida afecta el interés superior de niñas, niños y adolescentes, cuyo desarrollo integral no depende únicamente del incremento de las horas escolares, sino también del descanso, el juego, la recreación, el deporte y la convivencia familiar.
Asimismo, cuestionó que el Ministerio de Educación modificara su argumento durante la audiencia al señalar que el trabajo los sábados busca “recuperar los días no laborados”, ya que, cuando las clases presenciales se suspenden por causas de fuerza mayor, las actividades académicas continúan mediante modalidades virtuales o de teletrabajo, tal como lo establece la normativa vigente.
Para el gremio, este cambio de postura y la falta de sustento técnico evidencian que las actividades complementarias no constituyen el verdadero propósito del Acuerdo Ministerial impugnado.
Por estas razones, la UNE exhortó a la Corte Constitucional a actuar conforme a derecho y declarar la inconstitucionalidad del Acuerdo Ministerial Nro. MINEDEC-MINEDEC-2026-00045-A.










