Sra.
Magister
Gilda Alcívar
Ministra de Educación, Cultura y Deportes
En su despacho
De nuestra consideración:
Mediante Memorando Nro. MINEDEC-VGE-2025-00349-M Memorando Nro. MINEDEC-VGE-2025-00351-M con fechas 21 y 22 de diciembre de 2025 su cartera de Estado procede a negar el pedido de teletrabajo que como UNE realizamos mediante Oficio Nro. UNE-184 el 8 de diciembre de 2025. Sin embargo, llama la atención los argumentos jurídicos y académicos que sustenta esta decisión los cuales ponemos en su conocimiento.
La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 349 señala que los docentes tendrán una ley que regula la carrera docente y el escalafón, este cuerpo legal es la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), por esta razón, la Codificación de la Ley Orgánica de Educación Intercultural señala con claridad en el artículo 193 lo siguiente: “Del teletrabajo docente.- Es la prestación del servicio profesional del docente en instituciones públicas, municipales, fiscomisionales y particulares de manera no presencial en las jornadas ordinarias o especiales de trabajo fuera de las instalaciones que habitualmente desarrolla sus actividades laborales.
Las actividades y tiempo a utilizarse a través del teletrabajo deberán ser reguladas por la Autoridad Educativa Nacional en coordinación con la autoridad del trabajo, considerando la normativa legal vigente y los estándares internacionales. En todos los casos se deberá garantizar el derecho a la desconexión, así como al equipamiento tecnológico y acceso a internet para los docentes.”
La normativa específica que rige el Sistema Nacional de Educación regula el teletrabajo al personal docente, por lo que, esta es la norma aplicable y no la LOSEP o el Código del Trabajo como lo cita su equipo en los memorandos anteriormente señalados; esto expresa improvisación y a la vez un claro desconocimiento del marco jurídico educativo.
Tampoco existe un vacío normativo para que una Ley supletoria cubra a la Ley Orgánica de Educación Intercultural. La normativa que rige a la educación general puede regular la modalidad de teletrabajo como se ha demostrado en años anteriores mediante los acuerdos ministeriales: MINEDUC-VE-2024-00278-M; MINEDUC-VE-2024-00351-M o los Lineamientos e Instructivo para Registro y Seguimiento de Actividades por Teletrabajo de los Funcionarios Públicos, que Laboran y Cumplen Funciones Pedagógicas en Instituciones Educativas para el Período de Fin de Año de diciembre del 2023.
Desde la UNE realizamos el pedido de teletrabajo los días 26, 29,30 y 31 desde la visión de la humanización del trabajo docente, algo que al parecer en MinEdec no lo reconoce. Los profesionales de la educación no estamos solicitando vacaciones, el pedido recae en que estas fechas de festividades y cierre de año implican una carga emocional y logística a las familias. Si alguien trabaja por fuera de su jornada de trabajo y sin remuneración extra, somos precisamente los docentes, así lo demuestra un propio estudio del 2025 de MinEdec denominado: Estrategia Tiempo para ser Docente, donde se identificó que trabajamos aproximadamente 8 horas más por fuera de la jornada laboral establecida y es por eso que en estas fechas buscamos acercarnos a nuestros hijos (as), familias de mejor manera y llegando a tiempo a nuestros hogares.
Sorprende ministra que uno de los argumentos que se expresan en los documentos oficiales de MinEdec para negar el teletrabajo es determinar a las máximas autoridades institucionales el coordinar: “actividades encaminadas a concluir las actividades de planificación, juntas de curso o revisión de material realizadas durante la jornada de vacaciones estudiantiles”. Le recordamos a usted y sus viceministros, directores distritales y otras autoridades educativas que las juntas de cursos ya se desarrollaron y la revisión de materiales la efectuamos a diario, por eso insistimos que estos argumentos no son otra cosa que improvisación y desconocimiento en educación.
Sra. ministra apelamos una vez más a su espíritu humano y le solicitamos revisar de manera directa la solicitud presentada por UNE y a la vez expresamos nuestra voluntad para cooperar en la elaboración del memorando o lineamientos para el pedido de teletrabajo, pues el esfuerzo constante por mejorar la calidad educativa demanda apoyar el valioso trabajo que realizamos los profesionales de la educación.



